POR PROYECTO DEL EJECUTIVO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE OLIVA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
- Artículo 1º: La presente Ordenanza tiene por objeto eliminar la entrega de bolsas descartables, denominadas bolsas camisetas, para el acarreo de mercaderías desde la línea de caja en los locales comerciales, promoviendo su reemplazo por bolsas compostables o reutilizables, y fomentando la reducción de su cantidad en el ambiente, con la finalidad de contribuir a la minimización en la generación y disposición de residuos.
La presente Ordenanza adquiere vigencia a partir de la promulgación, siendo el tiempo que mediare entre ésta y el de su efectiva implementación considerada como de transición.
La implementación efectiva es a partir del 01 de marzo de dos mil veintiuno, con las pautas establecidas por los artículos subsiguientes.
- Artículo Nº 2: Los comercios sujetos de la presente Ordenanza y alcanzados por la misma son:
- Autoservicios
- Minimercados
- Supermercados
- Y todos aquellos comercios que entreguen bolsas a sus clientes para el acarreo de mercadería en la línea de caja.